26 abr 2013

CONTROL DE ENFERMEDAD LABORAL. DIFERENCIAS ENTRE MEDICO LABORAL Y DEL TRABAJADOR

abogados laborales

DISCREPANCIA ENTRE EL MEDICO DEL TRABAJADOR Y EL MEDICO DEL EMPLEADOR. LICENCIA POR ENFERMEDAD.

Ante una posible licencia por enfermedad del trabajador, puede suceder, que el empleador, quiera ejercer su poder de control, contratando un servicio de medicina laboral,  para que verifique la existencia de la enfermedad invocada por el trabajador y por ende, indique si la licencia por enfermedad es o no procedente.


Cuando el trabajador se presenta ante el médico laboral o éste va al domicilio del trabajador, puede suceder, que del control laboral surja que este último profesional, no esté de acuerdo con el diagnóstico médico o con el tratamiento de la enfermedad que el médico de cabecera del trabajador prescribió. En consecuencia, tal vez indique que el trabajador se encuentra en condiciones de trabajar.

La discrepancia entre el médico del trabajador y del empleador, puede darse en los siguientes supuestos: Que no esté conforme con el diagnóstico o el tratamiento de la enfermedad, o con ambos.

No hay una solución legal al conflicto. La ley laboral no le otorga a ninguna de las partes, empleador o trabajador, preeminencia sobre la otra.

No puede el empleador, imponer al trabajador, un médico en particular para ser tratado, ya que tiene libre elección de su médico (conforme ley de derechos del paciente).

En casos de discrepancia médica respecto del tratamiento a seguir, a la opinión del médico del trabajador, (que es el profesional a cargo del tratamiento y, por ello, el mejor conocedor del estado y aptitud física del trabajador) suele darse especial relevancia. Sin perjuicio de que, reitero, no hay una solución legal pacífica al respecto. Y la opinión de los jueces laborales está dividida.

Hay quienes consideran que la solución sería la de recurrir a una junta médica, que determine si el trabajador se encuentra o no incapacitado de trabajar. A modo de solución "salomónica".

Nosotros consideramos que, frente a la inexistencia de solución legal, debe respetarse la opinión del médico del trabajador y el tratamiento por éste dado, ya que es el profesional que tiene a su cargo la salud del trabajor.

En el caso, de que habiendo el trabajador presentado el certificado médico laboral, y ante la eventual discrepancia con el médico de la empresa, el empleador proceda al descuento de los días de ausentismo por considerarlos injustificados, el trabajador podrá reclamar que se le abonen esos salarios, en concepto de licencia por enfermedad. También podría, en casos extremos, considerarse despedido

Para estos casos es indispensable la consulta con abogados laborales, a fin de que realicen los reclamos pertinentes, mediante telegramas laborales y determinen la mejor solución al caso particular.

Abogados laborales
Dra. Avolio Jimena
Dr. Geraghty Guillermo
(011) 4381-3003

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